Los animales de asistencia que se acrediten como ayudas vivas, tales como perros lazarillos u otros destinados con ese propósito, podrán viajar al pie del pasajero sin ningún cargo adicional. El usuario y/o pasajero deberá acreditar ante la empresa que sus animales están adiestrados en centros nacionales o internacionales para lo cual deberá exhibir el correspondiente certificado expedido por el centro de adiestramiento.
Los perros lazarillos deberán contar con su correspondiente arnés y chaleco de identificación y presentar ante la empresa el carné de vacunación actualizado; se sugiere llevar pañal para el animal con fin de preservar la limpieza e higiene del vehículo.
Las ayudas vivas podrán no llevar bozal, sin embargo, el transportador podrá exigirlo de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.7.8.2. del Decreto 1079 del 2015, norma que indica que el prestador del servicio podrá exigir que el animal de asistencia (perro) lleve colocado un bozal, siempre y cuando su uso no afecte su labor de asistencia o apoyo al pasajero.
De acuerdo con el Decreto 1079 del 2015 Artículo 2.2.7.8.2 el usuario y/o pasajero que esté acompañado de una ayuda viva, es responsable del correcto comportamiento de ésta.
Conforme al citado artículo el usuario y/o pasajero es responsable del correcto comportamiento del animal, así como de los eventuales daños que el animal pueda ocasionar a terceros.
El usuario y/o pasajero tendrá derecho de transportar su animal de soporte emocional sin ningún tipo de cargo. Se verificará que las características del vehículo y/o el tamaño del animal permitan el transporte seguro y cómodo de este. Podrán viajar en cabina a los pies de su dueño.
Para el transporte de la mascota de soporte emocional, el usuario y/o pasajero debe presentar previamente al abordaje, una certificación no mayor a 1 año, con la firma y el número de registro asignado por la autoridad competente del profesional de la salud, que acredite sumariamente la necesidad del acompañamiento al usuario y/o pasajero de la mascota de soporte emocional y sus características. Si el pasajero no presenta dicho certificado, deberá asumir el costo de transporte de una mascota, siempre y cuando las características del vehículo permitan su transporte al lado del pasajero.